Ni era realista ni tampoco contaba con el más mínimo fundamento jurídico serio esperar que los órganos judiciales nacionales redujeran la importancia de la jurisprudencia comunitaria en materia de contratación temporal (la célebre trilogía de 14 de septiembre de 2016, no sólo la sentencia
Ir al enlace
No hay comentarios:
Publicar un comentario